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NVP Media Iberia S.L. · MADRID

Términos del servicio

Última actualización: 1 de septiembre de 2026

Estas condiciones regulan el uso del sitio nvpmediaiberia.click y el marco general de las operaciones sobre derechos audiovisuales de NVP Media Iberia, S.L. Las condiciones concretas de cada operación se fijan siempre en el contrato firmado entre las partes.

Quién presta el servicio

NVP Media Iberia, S.L., con NIF B21726815, número D-U-N-S® 472906335 y domicilio en Paseo de la Castellana, 170 – 7.º Izq., 28046 Madrid (España). Contacto: info@nvpmediaiberia.click, +34 604 599 967.

Ámbito de estas condiciones

Estas condiciones generales regulan el uso del sitio web y el marco de las operaciones sobre derechos audiovisuales. Las condiciones concretas de cada operación se fijan en el contrato firmado entre las partes, que prevalece sobre este texto en caso de contradicción.

El sitio no comercializa contenidos al público ni permite contratar en línea. Es un canal de información y de contacto profesional.

Naturaleza de la actividad

La sociedad adquiere, gestiona, administra, explota, comercializa y cede derechos audiovisuales por cualquier título. No es productora, ni exhibidora, ni prestadora de un servicio de comunicación audiovisual, ni entidad de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual.

Formación del contrato

  1. La contraparte expone la obra o catálogo, los derechos de los que dispone o que busca y el alcance pretendido.
  2. NVP Media Iberia realiza una verificación previa de titularidad y de disponibilidad del alcance solicitado.
  3. Se emite una propuesta escrita con obra, modalidad, territorio, idiomas, ventana, plazo, exclusividad, condiciones económicas y calendario de materiales.
  4. La aceptación por escrito y la firma del contrato perfeccionan la operación.

Las conversaciones preliminares, los borradores y las estimaciones económicas no vinculan a ninguna de las partes mientras no exista contrato firmado.

Alcance de la cesión

Conforme al artículo 43 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, la cesión de derechos de explotación queda limitada a las modalidades expresamente previstas, al tiempo y al ámbito territorial que se determinen en el contrato. La falta de mención del tiempo o del territorio produce los efectos que la propia norma establece.

En consecuencia, todo contrato identifica de forma expresa: la obra, las modalidades de explotación cedidas, el territorio país por país, los idiomas y versiones, la ventana o ventanas, el plazo, el carácter exclusivo o no exclusivo y los eventuales holdbacks.

La cesión en exclusiva se rige por el artículo 48 del mismo texto legal y debe otorgarse expresamente con tal carácter.

Derechos irrenunciables de autores y artistas

Ninguna disposición contractual afecta a los derechos morales ni a los derechos de remuneración de autores y artistas intérpretes o ejecutantes que la normativa configura como irrenunciables e independientes de la cesión de los derechos de explotación, y que se hacen efectivos, en su caso, a través de las entidades de gestión correspondientes.

Garantías de titularidad

Cada parte garantiza que ostenta los derechos que cede o licencia, que la cadena de títulos está completa y que no existen cargas, gravámenes ni compromisos previos incompatibles con la operación.

Quien cede se obliga a mantener indemne a la otra parte frente a reclamaciones de terceros fundadas en un defecto de titularidad de los derechos cedidos, en los términos y con los límites que fije el contrato.

Materiales y entrega

El contrato fija los materiales que deben entregarse —máster, pistas de audio, subtítulos, metadatos y material promocional—, sus especificaciones técnicas y el calendario de entrega. El incumplimiento del calendario de entrega puede desplazar la fecha de inicio de la ventana licenciada.

Condiciones económicas y liquidaciones

Las contraprestaciones pueden consistir en cantidad a tanto alzado, participación proporcional en los ingresos de explotación, mínimo garantizado recuperable o una combinación de ellas, según se pacte en cada contrato.

Cuando exista participación en ingresos, el licenciatario remitirá informes de explotación con la periodicidad pactada y la sociedad practicará las liquidaciones correspondientes. Los importes no incluyen el IVA ni las retenciones que procedan.

El retraso en el pago devenga los intereses previstos en la Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Auditoría

Cuando la remuneración dependa de los resultados de explotación, el contrato podrá reconocer a la parte acreedora el derecho a verificar los informes recibidos mediante auditoría, con preaviso razonable, en horario laboral y a su costa, salvo que se detecten desviaciones superiores al umbral que se pacte.

Confidencialidad

Las condiciones económicas y los términos de cada operación son confidenciales. Ninguna de las partes los comunicará a terceros sin consentimiento escrito de la otra, salvo obligación legal o requerimiento de autoridad competente. Esta obligación se mantiene durante tres años desde la finalización de la relación.

Responsabilidad

Salvo dolo o culpa grave y en los supuestos en que la ley no admita limitación, la responsabilidad de NVP Media Iberia por una operación queda limitada al importe efectivamente percibido por la sociedad en relación con esa operación. No se responde del lucro cesante ni de daños indirectos.

Fuerza mayor

Ninguna de las partes responderá del incumplimiento debido a causas ajenas a su control razonable, siempre que lo comunique sin demora y adopte medidas para reducir sus efectos.

Protección de datos

El tratamiento de datos personales se rige por la política de privacidad.

Legislación aplicable y jurisdicción

Estas condiciones se rigen por la legislación española, en particular por el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, y por la Ley 13/2022, General de Comunicación Audiovisual, en lo que resulte aplicable.

Para cualquier controversia, y salvo fuero imperativo distinto, las partes se someten a los juzgados y tribunales de Madrid (España), sin perjuicio de que un contrato concreto prevea el sometimiento a arbitraje.

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